9. Plazos de conservación
La información recabada del interesado será conservada mientras sea necesaria para cumplir con la finalidad para la cual fueron recabados los datos personales, de forma que, una vez cumplida la finalidad los datos serán cancelados. Dicha cancelación dará lugar al bloqueo de los datos conservándose únicamente a disposición de las AAPP, Jueces y Tribunales, para atender las posibles responsabilidades nacidas del tratamiento, durante el plazo de prescripción de éstas, cumplido el citado plazo se procederá a la destrucción de la información.
A continuación, se recogen los datos legales de conservación de la información en relación a diferentes materias:
* DOCUMENTO: Documentación de carácter laboral o relacionada con la seguridad social
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- PLAZO: 4 AÑOS
- REFERENCIA LEGAL: Artículo 21 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social
* DOCUMENTO: Documentación contable y fiscal a efectos mercantiles
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- PLAZO: 6 AÑOS
- REFERENCIA LEGAL: Art. 30 Código Comercio
* DOCUMENTO: Documentación contable y fiscal a efectos fiscales
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- PLAZO: 4 AÑOS
- REFERENCIA LEGAL: Artículos 66 a 70 Ley General Tributaria
* DOCUMENTO: Control de accesos a edificios
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- PLAZO: 1 MES
- REFERENCIA LEGAL: Instrucción 1/1996 de la AEPD
* DOCUMENTO: Videovigilancia
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- PLAZO: 1 MES
- REFERENCIA LEGAL: Instrucción 1/2006 de la AEPD Ley Orgánica 4/1997